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Calculadora de finiquito en Chile

Calcula en segundos tu feriado proporcional y, si corresponde, la indemnización por años de servicio y el aviso previo — con el tope de 90 UF vigente.

Calculadora de finiquito · Chile Código del Trabajo
Parámetro legal vigente (editable)
Se usa para topar la indemnización por años de servicio a 90 UF. Actualiza este valor con la UF del día (cmfchile.cl).
Estimado
Total estimado del finiquito

🔒 100% privado — tus datos se calculan en tu navegador y nunca se envían a ningún servidor.

Última actualización: 2026 · fórmulas conforme a la legislación laboral vigente de Chile.

Cómo se calcula el finiquito en Chile

01

Calculamos tu antigüedad en meses

A partir de tus fechas de ingreso y salida obtenemos los meses completos trabajados.

02

Feriado proporcional

1,25 días por cada mes trabajado, multiplicado por tu remuneración diaria.

03

Si corresponde, indemnización por años de servicio

1 mes de sueldo por año (tope 11 años), usando tu remuneración topada a 90 UF.

04

Aviso previo

Si no recibiste aviso de 30 días antes del despido, se suma 1 mes adicional de sueldo.

Finiquito por necesidades de la empresa vs. renuncia voluntaria

En Chile, lo que recibes en tu finiquito depende directamente de la causal de término. Si renuncias voluntariamente (Art. 159 N°2) o el contrato termina por mutuo acuerdo, solo tienes derecho al feriado proporcional —el pago de las vacaciones que no alcanzaste a tomar—. Si el empleador te despide por necesidades de la empresa o el despido es declarado injustificado por la Inspección del Trabajo, además tienes derecho a la indemnización por años de servicio y, si no te avisaron con 30 días de anticipación, a la indemnización sustitutiva del aviso previo.

El tope de 90 UF, explicado

La indemnización por años de servicio se calcula sobre tu última remuneración mensual, pero la ley pone un techo: si tu sueldo supera las 90 UF, el cálculo se hace igual usando 90 UF como base, no tu sueldo real. Además, sin importar cuántos años hayas trabajado, la indemnización nunca considera más de 11 años de servicio. Actualiza el valor de la UF en el formulario para reflejar el valor del día de tu finiquito.

Conceptos que incluye el finiquito en Chile

Concepto¿Cuándo aplica?
Feriado proporcional1,25 días por mes trabajado desde el último feriado (o desde el ingreso). Siempre aplica.
Indemnización por años de servicio1 mes de remuneración por año trabajado (fracción > 6 meses cuenta como año), tope 11 años y tope 90 UF. Solo en despido injustificado o por necesidades de la empresa.
Indemnización sustitutiva del aviso previo1 mes de remuneración si la empresa no avisó con 30 días de anticipación. Solo en despido injustificado/necesidades de la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tope de indemnización en Chile?

La indemnización por años de servicio tiene dos topes: máximo 11 años de servicio (aunque hayas trabajado más) y la remuneración mensual usada en el cálculo no puede superar 90 UF. Si tu sueldo es mayor a 90 UF, se usa 90 UF como base.

¿Si renuncio tengo derecho a indemnización por años de servicio?

No. Esa indemnización solo se paga cuando el empleador termina el contrato por necesidades de la empresa o cuando un despido es declarado injustificado. En una renuncia voluntaria solo tienes derecho al feriado proporcional.

¿Qué es el feriado proporcional?

Es el pago de los días de vacaciones que no alcanzaste a tomar, calculado como 1,25 días por cada mes trabajado desde tu última fecha de feriado, o desde tu ingreso si nunca lo tomaste.

¿Qué pasa si la empresa no me avisó con 30 días de anticipación?

Debe pagarte una indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a un mes de tu última remuneración, además de la indemnización por años de servicio si corresponde.

¿Dónde consulto el valor de la UF actualizado?

El valor diario de la UF lo publican el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la CMF. Actualiza el campo de esta calculadora con el valor del día de tu finiquito para un resultado más preciso.

¿El mutuo acuerdo da derecho a indemnización?

Por ley, no obligatoriamente, pero nada impide que ambas partes pacten un pago adicional en el finiquito por mutuo acuerdo. Esta calculadora solo estima lo que la ley exige como mínimo.

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