Finiquito en Chile: necesidades de la empresa, indemnización y aviso previo
En Chile, lo que recibes en tu finiquito depende de la causal por la que termina el contrato. Conocer las causales más habituales te ayuda a revisar si el documento que te presentan es correcto.
Las causales más comunes
- Renuncia voluntaria del trabajador (Art. 159 N°2): se paga el feriado proporcional y remuneraciones pendientes.
- Mutuo acuerdo (Art. 159 N°1): se paga lo pactado más lo adeudado; la indemnización por años de servicio no es obligatoria, aunque puede acordarse.
- Vencimiento del plazo de un contrato a plazo fijo (Art. 159 N°4).
- Necesidades de la empresa (Art. 161): el empleador puede terminar el contrato por razones económicas u organizacionales; aquí sí corresponde indemnización.
- Causales de conducta (Art. 160): despido por incumplimientos graves, sin indemnización por años de servicio.
Qué se paga por necesidades de la empresa
- Feriado proporcional: 1,25 días hábiles por cada mes trabajado desde tu último feriado, multiplicado por tu remuneración diaria.
- Indemnización por años de servicio: un mes de remuneración por cada año trabajado, contando como año la fracción superior a seis meses, con un máximo de 11 años.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: un mes de remuneración si no se avisó con 30 días de anticipación.
El tope de 90 UF
La remuneración mensual que se usa para calcular la indemnización por años de servicio no puede superar las 90 UF. Si ganas más, el cálculo se hace igual con 90 UF. El valor de la UF cambia a diario y se consulta en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII) o del Banco Central.
La carta de aviso
El empleador debe comunicar el término por escrito, indicando la causal y los hechos en que se funda, con al menos 30 días de anticipación (o pagar el mes de aviso). Si la carta no cumple estos requisitos o la causal no se acredita, el trabajador puede reclamar y el despido puede ser declarado injustificado, con recargos sobre la indemnización.
El finiquito y el ministro de fe
Para que el finiquito tenga pleno poder liberatorio para el empleador, debe ser firmado por el trabajador y ratificado ante un ministro de fe: inspector del trabajo, notario, oficial del Registro Civil o presidente del sindicato, según corresponda. Puedes firmarlo dejando constancia de tu reserva de derechos si no estás de acuerdo con algún monto.
Plazos para reclamar
El plazo general para las acciones que derivan del contrato es de seis meses desde el término de los servicios, y de 60 días hábiles para reclamar la calificación de un despido como injustificado, indebido o improcedente ante los Juzgados del Trabajo. Verifica siempre los plazos aplicables a tu caso con la Inspección del Trabajo.
Guías relacionadas
Finiquito y liquidación laboral: la diferencia en México, Chile, Colombia, Argentina y Perú
Los mismos conceptos se llaman distinto según el país. Aquí se aclara qué incluye cada pago y qué conviene revisar antes de firmar.
Leer guía → GeneralQué hacer si tu empresa no te paga el finiquito o la liquidación
Documenta, pide por escrito y conoce los plazos de cada país. Una ruta clara para reclamar cuando la empresa se retrasa o paga de menos.
Leer guía → GeneralCarta de renuncia: cómo redactarla, con modelo listo para usar
Una carta breve, clara y sin conflictos: estructura, modelo editable y los datos que conviene pedir por escrito al renunciar.
Leer guía →